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Desempleado pero con derechos

Publicado: 2015-04-14

Las políticas educativas del país buscan generar oportunidades y resultados de igual calidad para todos los ciudadanos y, en esa línea, actualmente el gobierno viene trabajando con especial ímpetu en la mejora de la educación básica regular. 

Esto puede evidenciarse en las diversos compromisos adquiridos: la reducción de la brecha en infraestructura educativa (en 2015 se realizará una inversión de casi S/. 3.000 millones), la mejora de la calidad de aprendizaje (con la implementación del Plan Nacional de Inglés, la construcción de Colegios de Alto Rendimiento y la compra de material educativo superior al existente); y la revalorización de la carrera docente a partir de la implementación de la Ley de Reforma Magisterial.

No obstante, hay un grupo que está quedando excluido de esta mejora en la calidad educativa: los jóvenes que tienen entre 18 y 24 años que no recibieron una buena educación básica y no cuentan con una formación técnica o universitaria. ¿Qué hacemos con ellos?

Recordemos que un joven menor de 24 años tiene 2.5 más probabilidades de encontrarse desempleado en relación al resto de la población peruana. Esta cifra tiene mayor impacto cuando consideramos que el 85% de los jóvenes entre 15 y 24 años ha sido empleado en el ámbito informal.

Con miras a solucionar esta problemática, en diciembre de 2014 se promulgó la “Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social”, también conocida como la “Ley del Régimen Laboral Juvenil”.

Ésta buscó la formalización del empleo juvenil, elevar la empleabilidad de este grupo y promover la contratación de jóvenes desocupados. Si bien la iniciativa no prosperó, debemos rescatar sus aspectos positivos.

La Ley del Régimen Laboral Juvenil sí podía ayudar

El principal elemento a rescatar de la normativa propuesta es la promoción de la capacitación entre los jóvenes contratados bajo este régimen. Al brindar a las empresas el derecho a un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta, equivalente al monto del gasto de capacitación, se obtenían beneficios en una triple dimensión: para las empresas, para los contratados y para el propio Estado:

- Incremento de la empleabilidad.

- Promoción del acceso al empleo formal.

- Más y mejores profesionales en el mercado.

- Cobertura, en alguna medida, de la deficiencia educativa existente.

- Mejora de la productividad de la empresa y el país.

Debemos recordar que en la actualidad el Perú experimenta la expansión de la población en edad de trabajar (15 a 59 años), es decir, cuenta con un bono demográfico que puede explotarse a través del establecimiento de buenas políticas públicas que aprovechen este contexto, o, simplemente perderse.

Por otro lado, debemos resaltar la importancia del beneficio brindado a las MYPES que constituyen el segmento más importante para la generación de empleo: contratan a más del 80% de la población económicamente activa.

El Estado pudo haber cubierto el costo correspondiente al primer año del seguro social para aquellos jóvenes que ingresaran a planilla por primera vez. Esto, como podemos ver, genera un doble incentivo: la reducción de costos laborales de contratación y, a su vez, el empleo adecuado, al permitir que jóvenes sin experiencia alguna accedan a un trabajo que les brinde aquellas condiciones relacionadas con la dignidad de la persona, tales como el acceso a servicios de salud. 

Pasado, pisado

La Ley del Régimen Laboral Juvenil fue derogada por el propio Congreso de la República, tras 41 días de su promulgación. Cuarenta y un días en los que se marchó para que los beneficios del nuevo régimen se igualaran a los de las medianas y grandes empresas. Cuarenta y un días en los que no advertimos que esta ley no pretendía igualarse al régimen laboral.

Tú que estuviste en contra de esta propuesta, ¿te detuviste a pensar que el 85% de nuestros jóvenes -como ya mencionamos- es contratado por MYPES, y que las MYPES tienen un régimen que ofrece menos beneficios de los que ofrecía la desestimada ley? Y peor aún, cuarenta y un días en los que fuimos pocos los capaces de rescatar esos atributos.

¿Qué nos queda ahora? ¿Mantenernos en el sistema legal rígido que caracteriza a nuestro país, en donde se presentó una oportunidad de flexibilizarlo y que fue rápidamente perdida? No lloremos sobre la leche derramada. Ahora toca indagar cómo podemos incluir las propuestas positivas al régimen de las MYPES, sector llamado a ayudarnos a reducir la informalidad laboral y, por lo tanto, brindar condiciones para asegurar el empleo y empleabilidad de nuestros jóvenes.

¿Podría una reforma como ésta ser aceptada por la población? Quedan muchas dudas al respecto, pero una cosa es cierta: no necesitamos derechos sin empleo, sino personas que tengan empleo para ganar y hacer valer sus derechos.

Artículo elaborado por RESPONDE, consultora especializada en sostenibilidad y reputación.


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Responde, consultora en Sostenibilidad y Reputación